El texto que reproduzco a continuación, fue escrito hace ahora dos años, en el marco de un intercambio de correos elctrónicos entre mi padre y un antiguo compañero de facultad. Ambos discutían sobre soberanía, límites competenciales, estructura territorial del poder, lo que es una nación... Era una conversación entre dos viejos amigos (que no amigos viejos) que disfrutan de la conversación y que hablan de temas candentes (entonces y aún hoy).
Quien lo firma estaba -como es natural- en pleno período de exámenes, pero no pudo resistir la tentación de intervenir, al tratrse de un tema que le apasiona y con tan buena compañía. Mantenemos la estructura del correo-e en esta publicación.
Buenos días a los dos.
He estado siguiendo con cierto interés, todo sea dicho, vuestro intercambio de reflexiones sobre el Estado y la Constitución.
Hay pocas cosas a las que no me puedo resistir, y una conversación como esa, es una de ellas.
Os adjunto un documento de texto que he titulado "Reflexiones a media noche", ya que está escrito a altas horas de la madrugada. Y he preferido haceroslo llegar en word para que os sea más cómodo leerlo, en caso de que me hagais el honor de considerarlo. Reconozco que es un poquito largo (3 folios) pero mi dialéctica de tribuna de oradores, no ha consentido en reducirlo más.
Un saludo a los dos.
Antonio Cabanes Navarro.-
Madrid a, viernes, 6 junio 2008.-
***
Dice el profesor Francisco José ANSUÁTEGUI ROIG en el libro “Teoría de Derecho”, co-redactado junto a los profesores PECES-BARBA y DE ASÍS ROIG, que la primera pregunta a la que se enfrentan los estudiosos del Derecho es ¿Qué es Derecho? Y en base a esa pregunta, construyen un volumen en el que facilitan diferentes perspectivas de lo que puede entenderse por Derecho. Sería absurdo pretender formular respuesta a la cuestión, máxime cuando los doctores de la ciencia jurídica aún no han consensuado una. No obstante a lo anterior, existe un base insoslayable a cualquier definición del concepto: El Derecho nos habla del mundo del “deber ser”.
Hago alusión a lo anterior, porque no puedo dejar de recordarlo al leer los problemas que se os plantean respecto al concepto “nación”. Nación, en sentido estricto, tiene dos acepciones: la nación política, en el ámbito jurídico-político, es el sujeto político en el que reside la soberanía constituyente de un Estado; la nación cultural, concepto socio-ideológico más subjetivo y ambiguo que el anterior, se puede definir a grandes rasgos como una comunidad humana con ciertas características culturales comunes a las que dota de un sentido ético-político.
Como matiz a esta “definición” (entrecomillo y matizo grandemente) cabe formular un apunte: Las definiciones jurídicas devienen - siempre - de un concepto socio-cultural (o ideológico, si así lo preferís) y por tanto, no deben entenderse como fijas, unívocas e inmutables. Lo digo, principalmente, en referencia al sistema normativo que rige hoy en España. Ignorémoslo, en tanto en cuanto, cabe la posibilidad de ser modificado. Discurramos por el camino de “lo abstracto”, cuyos frutos siempre son más apetecibles y gozan de mayor consistencia que el debate en “lo concreto”, que se pierde por poco práctico.
Decís bien, y me alegro mucho, cuando habláis de la consecución de una Carta Constitucional como la de 1931: Republicana, civil, laica, pacifista… Sin embargo, como muy bien se ha subrayado en vuestra conversación (a la que he asistido un poco de “voyeur”) el texto constitucional habrá de ser consensuado antes de ser escrito. ¿Qué modelo de Estado es el más adecuado para nuestro país? Actualmente vivimos en un estado “Catarata” (me permito hacer uso de mis propias teorías) un estado “deconstruido”. O construido de arriba hacia abajo, como prefiráis. Es decir, un estado que cede poderes y competencias a entidades regionales inferiores a Él. Sin embargo, existen muchos otros modelos territoriales que aquí hemos descartado, sin más, por miedo al “que dirá la derecha” y a los generales de rancio abolengo.
Desde mi punto de vista, y el privilegio que supone cierto conocimiento del sistema constitucional y político, he formulado ciertas teorías (que se ven influenciadas por esta malformación genética mía que me obliga a ser de izquierdas) sobre lo que un Estado (o Nación) debe ser. Creo que debe ser una unión de personas con un objetivo común a largo plazo. Sin más. Simple y llanamente. Fuera de patriotismos, símbolos, banderas y demás que, por mucho que unan en sentimientos comunes, nunca pueden suplir la verdadera esencia de un Estado: Las Personas. Los ciudadanos que conforman ese Estado y de los que emanan Soberanía y Poderes. Sin embargo, ¿cómo delimitar esos ciudadanos? (Hablo de España ahora)
A) ¿Es un único colectivo de ciudadanos nacidos dentro de las fronteras oficiales del Reino?
B) ¿O los nacidos bajo la jurisdicción administrativa de cada una de las 17 Comunidades?
C) ¿Los de las 51 provincias?
D) ¿O los de cada ciudad, villa y pueblo? He de reconocer que no lo sé.
La Historia me enseña, tercamente, que España no funciona bien cuando está unificada. Porque nunca hemos sido una unidad absoluta. Siempre fuimos diferentes taifas, coronas, reinos, principados… Podríamos tener a los mismos jefes, pero nunca ser un mismo Pueblo. Ya habéis citado el ejemplo de la Corona de Aragón: muchos reinos bajo la misma corona, pero con distintos Fueros. Rechazo, pues, que el “sujeto soberano” sea uno único, opción A.
Analicemos, entonces, la opción B. Y me planteo (por ser lo que todos conocemos) ¿Es lo mismo Valencia que Alicante? La respuesta será obvia según donde se pregunte: Valencia dirá que sí, que todos somos valencianos. Pero los alicantinos nos dirán que de valencianos tienen el nombre, i prou.
Con esto, debemos entender que son dos realidades sociales distintas la valenciana y la alicantina. Lo cual nos impide hacerles depositarios de una soberanía común. Opción B descartada.
Debemos analizar ahora la opción C, que nos propone dotar de soberanía a las entidades provinciales. Una primera mirada, nos puede indicar que nos habríamos aproximado mucho a la verdad, porque la propia Ley Electoral, propone a las provincias como base de la elección de los representantes políticos. Pero no nos quedemos en la superficie, y profundicemos un poco más. ¿Es lo mismo Villena que Alcoy? ¿Y Alicante es lo mismo que Elche? No preguntéis, que os adelanto las respuestas: No. Son realidades sociales (de nuevo) distintas. Con lo que nos anula la opción C y nos obliga a reducir el ámbito de residencia de la Soberanía un peldaño más.
Son, pues, cada una de las Ciudades, Villas y Pueblos de este país quienes las que delimitan los grupos ciudadanos que pueden hacer valer la Soberanía, en tanto en cuanto, la realidad social de un pueblo o ciudad, por muy grande que sea, siempre es concurrente, por propia definición.
Todo lo anterior viene por la cuestión, os recuerdo, del Derecho de Autodeterminación. ¿Cómo determinar quienes están legitimados para reivindicar el ejercicio de ese Derecho?
La reducción al máximo de las premisas que se enarbolan para la defensa del ejercicio de ese Derecho, me llevan irremisiblemente a considerar que son las Ciudades las que deben decidir por sí mismas. (Es obvia la influencia que han tenido en mi formación los griegos) Y eso tiene un nombre: Cantonalismo.
Las ciudades, en tanto los intereses de sus habitantes tienden a ser coincidentes en fin último, (entroncando con lo que decía al principio) son las que más preparadas están para solucionar los problemas que se presentan a la ciudadanía, la clave del sistema.
Sin embargo, mi sentido práctico, me obliga a ser más pragmático. Y me recomienda defender la opción B. La soberanía emanando de 17 grupos sociales distintos (las 17 Comunidades) unidos por una historia, más o menos, común. Y por lazos y vínculos culturales.
Tengo, ahora, que dejaros. Mañana hay un examen y soy invitado de honor.
Besos a Paula, Paco. Y un abrazo para ti.
Papá, no te enfades por mis divagaciones, necesitaba desconectar. Besos para todos.
Antonio Cabanes Navarro.-
Madrid, 6 junio de 2008.-
Quien lo firma estaba -como es natural- en pleno período de exámenes, pero no pudo resistir la tentación de intervenir, al tratrse de un tema que le apasiona y con tan buena compañía. Mantenemos la estructura del correo-e en esta publicación.
From: Antonio Cabanes Navarro
Sent: Friday, June 06, 2008 4:57 AM
Subject: Intromisión
He estado siguiendo con cierto interés, todo sea dicho, vuestro intercambio de reflexiones sobre el Estado y la Constitución.
Hay pocas cosas a las que no me puedo resistir, y una conversación como esa, es una de ellas.
Os adjunto un documento de texto que he titulado "Reflexiones a media noche", ya que está escrito a altas horas de la madrugada. Y he preferido haceroslo llegar en word para que os sea más cómodo leerlo, en caso de que me hagais el honor de considerarlo. Reconozco que es un poquito largo (3 folios) pero mi dialéctica de tribuna de oradores, no ha consentido en reducirlo más.
Un saludo a los dos.
Antonio Cabanes Navarro.-
Madrid a, viernes, 6 junio 2008.-
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Dice el profesor Francisco José ANSUÁTEGUI ROIG en el libro “Teoría de Derecho”, co-redactado junto a los profesores PECES-BARBA y DE ASÍS ROIG, que la primera pregunta a la que se enfrentan los estudiosos del Derecho es ¿Qué es Derecho? Y en base a esa pregunta, construyen un volumen en el que facilitan diferentes perspectivas de lo que puede entenderse por Derecho. Sería absurdo pretender formular respuesta a la cuestión, máxime cuando los doctores de la ciencia jurídica aún no han consensuado una. No obstante a lo anterior, existe un base insoslayable a cualquier definición del concepto: El Derecho nos habla del mundo del “deber ser”.
Hago alusión a lo anterior, porque no puedo dejar de recordarlo al leer los problemas que se os plantean respecto al concepto “nación”. Nación, en sentido estricto, tiene dos acepciones: la nación política, en el ámbito jurídico-político, es el sujeto político en el que reside la soberanía constituyente de un Estado; la nación cultural, concepto socio-ideológico más subjetivo y ambiguo que el anterior, se puede definir a grandes rasgos como una comunidad humana con ciertas características culturales comunes a las que dota de un sentido ético-político.
Como matiz a esta “definición” (entrecomillo y matizo grandemente) cabe formular un apunte: Las definiciones jurídicas devienen - siempre - de un concepto socio-cultural (o ideológico, si así lo preferís) y por tanto, no deben entenderse como fijas, unívocas e inmutables. Lo digo, principalmente, en referencia al sistema normativo que rige hoy en España. Ignorémoslo, en tanto en cuanto, cabe la posibilidad de ser modificado. Discurramos por el camino de “lo abstracto”, cuyos frutos siempre son más apetecibles y gozan de mayor consistencia que el debate en “lo concreto”, que se pierde por poco práctico.
Decís bien, y me alegro mucho, cuando habláis de la consecución de una Carta Constitucional como la de 1931: Republicana, civil, laica, pacifista… Sin embargo, como muy bien se ha subrayado en vuestra conversación (a la que he asistido un poco de “voyeur”) el texto constitucional habrá de ser consensuado antes de ser escrito. ¿Qué modelo de Estado es el más adecuado para nuestro país? Actualmente vivimos en un estado “Catarata” (me permito hacer uso de mis propias teorías) un estado “deconstruido”. O construido de arriba hacia abajo, como prefiráis. Es decir, un estado que cede poderes y competencias a entidades regionales inferiores a Él. Sin embargo, existen muchos otros modelos territoriales que aquí hemos descartado, sin más, por miedo al “que dirá la derecha” y a los generales de rancio abolengo.
Desde mi punto de vista, y el privilegio que supone cierto conocimiento del sistema constitucional y político, he formulado ciertas teorías (que se ven influenciadas por esta malformación genética mía que me obliga a ser de izquierdas) sobre lo que un Estado (o Nación) debe ser. Creo que debe ser una unión de personas con un objetivo común a largo plazo. Sin más. Simple y llanamente. Fuera de patriotismos, símbolos, banderas y demás que, por mucho que unan en sentimientos comunes, nunca pueden suplir la verdadera esencia de un Estado: Las Personas. Los ciudadanos que conforman ese Estado y de los que emanan Soberanía y Poderes. Sin embargo, ¿cómo delimitar esos ciudadanos? (Hablo de España ahora)
A) ¿Es un único colectivo de ciudadanos nacidos dentro de las fronteras oficiales del Reino?
B) ¿O los nacidos bajo la jurisdicción administrativa de cada una de las 17 Comunidades?
C) ¿Los de las 51 provincias?
D) ¿O los de cada ciudad, villa y pueblo? He de reconocer que no lo sé.
La Historia me enseña, tercamente, que España no funciona bien cuando está unificada. Porque nunca hemos sido una unidad absoluta. Siempre fuimos diferentes taifas, coronas, reinos, principados… Podríamos tener a los mismos jefes, pero nunca ser un mismo Pueblo. Ya habéis citado el ejemplo de la Corona de Aragón: muchos reinos bajo la misma corona, pero con distintos Fueros. Rechazo, pues, que el “sujeto soberano” sea uno único, opción A.
Analicemos, entonces, la opción B. Y me planteo (por ser lo que todos conocemos) ¿Es lo mismo Valencia que Alicante? La respuesta será obvia según donde se pregunte: Valencia dirá que sí, que todos somos valencianos. Pero los alicantinos nos dirán que de valencianos tienen el nombre, i prou.
Con esto, debemos entender que son dos realidades sociales distintas la valenciana y la alicantina. Lo cual nos impide hacerles depositarios de una soberanía común. Opción B descartada.
Debemos analizar ahora la opción C, que nos propone dotar de soberanía a las entidades provinciales. Una primera mirada, nos puede indicar que nos habríamos aproximado mucho a la verdad, porque la propia Ley Electoral, propone a las provincias como base de la elección de los representantes políticos. Pero no nos quedemos en la superficie, y profundicemos un poco más. ¿Es lo mismo Villena que Alcoy? ¿Y Alicante es lo mismo que Elche? No preguntéis, que os adelanto las respuestas: No. Son realidades sociales (de nuevo) distintas. Con lo que nos anula la opción C y nos obliga a reducir el ámbito de residencia de la Soberanía un peldaño más.
Son, pues, cada una de las Ciudades, Villas y Pueblos de este país quienes las que delimitan los grupos ciudadanos que pueden hacer valer la Soberanía, en tanto en cuanto, la realidad social de un pueblo o ciudad, por muy grande que sea, siempre es concurrente, por propia definición.
Todo lo anterior viene por la cuestión, os recuerdo, del Derecho de Autodeterminación. ¿Cómo determinar quienes están legitimados para reivindicar el ejercicio de ese Derecho?
La reducción al máximo de las premisas que se enarbolan para la defensa del ejercicio de ese Derecho, me llevan irremisiblemente a considerar que son las Ciudades las que deben decidir por sí mismas. (Es obvia la influencia que han tenido en mi formación los griegos) Y eso tiene un nombre: Cantonalismo.
Las ciudades, en tanto los intereses de sus habitantes tienden a ser coincidentes en fin último, (entroncando con lo que decía al principio) son las que más preparadas están para solucionar los problemas que se presentan a la ciudadanía, la clave del sistema.
Sin embargo, mi sentido práctico, me obliga a ser más pragmático. Y me recomienda defender la opción B. La soberanía emanando de 17 grupos sociales distintos (las 17 Comunidades) unidos por una historia, más o menos, común. Y por lazos y vínculos culturales.
Tengo, ahora, que dejaros. Mañana hay un examen y soy invitado de honor.
Besos a Paula, Paco. Y un abrazo para ti.
Papá, no te enfades por mis divagaciones, necesitaba desconectar. Besos para todos.
Antonio Cabanes Navarro.-
Madrid, 6 junio de 2008.-
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